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CS3D: ¿Cuáles son los impactos para el sector privado? 

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CS3D o CSDDD es una sigla relevante en el glosario de la sostenibilidad, que significa Corporate Sustainability Due Diligence Directive, en español, Directiva de Due Diligence en Sostenibilidad Corporativa. El texto final de CS3D fue aprobado por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea (UE) el 24 de mayo de 2024 y, recientemente, en febrero de 2025, fue modificado por el paquete de medidas Omnibus de la UE. 

La directiva establece que las empresas sujetas a su aplicabilidad deben implementar políticas eficaces de due diligence para identificar, prevenir, mitigar y remediar los impactos negativos sobre los derechos humanos y el medio ambiente en sus operaciones dentro de la UE, así como en las operaciones de sus subsidiarias y de sus proveedores directos a nivel global. 

Algunos ejemplos de impactos ambientales adversos incluyen la contaminación, la deforestación, el consumo excesivo de agua y la contaminación del suelo. En cuanto a los impactos adversos sobre los derechos humanos, se pueden mencionar el trabajo infantil, la explotación laboral y las condiciones de trabajo insalubres. 

El proceso de due diligence establecido en la CS3D abarca las seis etapas definidas por la Guía de Due Diligence de la OCDE para la Conducta Empresarial responsable: 

(1) Integrar la due diligence en las políticas y sistemas de gestión. 

(2) Identificar y evaluar los impactos adversos en los derechos humanos y el medio ambiente. 

(3) Prevenir, eliminar o minimizar los impactos adversos reales y potenciales en los derechos humanos y el medio ambiente. 

(4) Evaluar la eficacia de las medidas implementadas. 

(5) comunicar, 

(6) remediar. 

Plazos y etapas 

La regulación será implementada gradualmente y los Estados miembros de la UE tendrán hasta el 26 de julio de 2027 para transponer la legislación a sus marcos jurídicos nacionales. A partir de entonces, los requisitos comenzarán a aplicarse a las empresas dentro y fuera de la UE, dependiendo de su tamaño, facturación y número de empleados. 

Mientras tanto, la publicación de las directrices y mejores prácticas de la Comisión Europea se adelantará a julio de 2026, permitiendo que las empresas comiencen a adecuar sus procesos. La obligatoriedad entrará en vigor el 26 de julio de 2028, enfocándose primero en las empresas de la UE con más de 5 mil empleados y una facturación superior a 1,5 mil millones de euros. En 2029, la aplicación se extenderá a las empresas con más de 3 mil empleados y una facturación superior a 900 millones de euros. Para 2030, otras empresas también quedarán sujetas a la directiva. 

Impactos para el sector privado

La adopción de la directiva implicará una estandarización de las reglas sobre la diligencia en cuestiones de sostenibilidad y una reducción del apetito por riesgos socioambientales. Esto puede generar una disminución de pérdidas financieras derivadas de impactos adversos sobre los derechos humanos y el medio ambiente, además de fortalecer la resiliencia empresarial. Adicionalmente, CS3D aumentará la transparencia en la información corporativa e incentivará el consumo de productos y servicios más sostenibles. 

Las empresas ubicadas fuera de la UE que sean proveedores directos de compañías europeas estarán sujetas a la aplicación de la due diligence. Incluso si una empresa no está dentro del alcance de la CS3D, es probable que experimente una mayor presión para alinear sus operaciones y políticas con los objetivos de sostenibilidad de la UE. Asimismo, es posible que esta tendencia regulatoria y de mercado impulse la creación de normativas similares en otros países.

¿Qué cambia con el paquete Omnibus?

El paquete Omnibus, adoptado por la Comisión Europea con el objetivo de simplificar las normas de la UE y fortalecer la competitividad del grupo, redujo el efecto cascada de la directiva. Limita la información que las empresas dentro del alcance pueden solicitar a sus socios comerciales (pequeñas y medianas empresas, es decir, aquellas con un máximo de 500 empleados) a la especificada en los estándares voluntarios de informes de sostenibilidad del CSRD. Esta limitación se aplica a menos que se requiera información adicional para realizar el mapeo (por ejemplo, sobre impactos no cubiertos por los estándares) y no sea posible obtener esos datos de ninguna otra manera razonable. 

Con estas medidas, las empresas estarán sujetas a una estructura de due diligence en sostenibilidad más sencilla y armonizada. Entre los principales cambios destacan: 

  • Aumento del intervalo entre evaluaciones de diligencia a cinco años. 
  • Simplificación de las obligaciones de involucramiento de las partes interesadas. 
  • Eliminación de la obligación de rescindir relaciones comerciales como medida de último recurso. 
  • Alineación de los requisitos sobre la adopción de planes de transición para mitigación climática con la CSRD. 
  • Extensión de la armonización máxima de las principales obligaciones de due diligence para garantizar igualdad de condiciones en la UE, evitando que los Estados miembros impongan requisitos más estrictos que los establecidos en la directiva. 
  • Eliminación de la cláusula de revisión sobre la inclusión de servicios financieros en el alcance de la directiva. 

Aunque la aplicación de las reglas de la CS3D implicará cambios significativos en algunas empresas y requerirá inversiones considerables, generará impactos positivos a largo plazo. No solo para las organizaciones y sus cadenas de valor, que deberán adaptarse, sino también para las pequeñas empresas, los países y los ciudadanos. Se espera un ecosistema con mayor responsabilidad socioambiental, menor impacto negativo en las personas y el medio ambiente, más transparencia y mayor competitividad. 

Raissa Urzedo
Gerente de Estrategia ESG en WayCarbon |  + posts

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